Todos los contribuyentes que declararon e incluyeron la prestación de maternidad en sus declaraciones de Renta de los años 2014 a 2017. Podrán presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación, con la devolución de ingresos indebidos del año en que se recibió la prestación.
Por desgracia, las prestaciones obtenidas con anterioridad al año 2014 estarán prescritas (salvo en raras ocasiones en las que se haya roto el periodo de prescripción), por lo que no son susceptibles de reclamación.
¿Cómo reclamar la devolución del IRPF de la prestación de maternidad? ¿Cómo iniciar la reclamación?
Desde el 3 de diciembre de 2018, todas aquellas personas que cumplan los requisitos nombrados anteriormente (que solicitaron la prestación entre el año 2014 al 2017), puede solicitar la devolución de las retenciones de IRPF por las prestaciones de maternidad y paternidad.
Para el inicio de la reclamación, se han previsto tres fases:
- Una primera fase, para todos aquellos que fueron padres en 2014 y 2015, que podrán solicitarlo desde hoy mismo.
- Una segunda fase. Los que fueron padres en 2016 y 2017, que podrán solicitarlo a partir de enero de 2019.
- Los que han sido padres en 2018. Podrán regularizarlo en la campaña de renta 2018, a presentar de abril a junio de 2019.
La solicitud podrá presentarse por INTERNET, utilizando el formulario electrónico disponible en el portal de la AEAT, o mediante Cl@vePIN y Certificado Electrónico.
Como siempre, para cualquier duda o cuestión, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de resolver todas las cuestiones que nos quieras plantear. Para más información, podrás contactar pinchando en el enlace de Contacto